NOMINA Y PRESTACIONES SOCIALES
EL DERECHO LABORAL COLOMBIANO ESTÁ REGIDO POR EL CÓDIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO CST ARTICULO 1o. OBJETO. La finalidad primordial de este Código es la de lograr la justicia en las relaciones que surgen entre empleadores y trabajadores, dentro de un espíritu de coordinación económica y equilibrio social. ARTICULO 3o. El presente Código regula las relaciones de derecho individual del Trabajo de carácter particular, y las de derecho colectivo del Trabajo, oficiales y particulares. PRINCIPIOS GENERALES 1. Irrenunciabilidad 2. Primacía de la realidad 3. Igualdad 4. Mínimo Vital 5. Estabilidad (Fuero de Maternidad, Fuero por Discapacidad, Fuero Sindical y Fuero Circunstancial) 6. Libertad el Trabajo 7. Protección del Trabajo 8. Capacitación, Adiestramiento y Descanso 9. Favorabilidad 10. Indubio pro Operario 11. Obligatoriedad del Trabajo TODO LO QUE DEBE SABER COMO EMPLEADOR Artículo 22 Código Sustantivo del Trabajo. 1. Contrato de trabajo es aqu...